Actualización de la pensión de alimentos

Con el fin de año acercándose, es importante recordar cómo se actualizan la pensión de alimentos y la pensión compensatoria. A continuación, te explicamos todo lo que debes saber.

¿Cómo actualizar la pensión de alimentos?

La pensión de alimentos se actualiza anualmente. Habitualmente, esta actualización se realiza a principios de año, aunque en algunos casos puede efectuarse en el mes en la que se fijó la pensión de alimentos, es decir, de «fecha a fecha«.

Para conocer el momento exacto de la actualización, es necesario revisar la sentencia judicial o convenio regulador, donde se fijó la pensión. Allí se indicará si la actualización será anual o con efectos de 1 de enero.

Importante: No es necesario acudir al Juzgado para actualizar la pensión, ya que es un obligación directamente aplicable al venir impuesta en sentencia.

Actualización anual (fecha a fecha)

En este caso, la pensión se actualiza cada año a partir del mes siguiente al fijado en la resolución judicial. Por ejemplo:

  • Si la sentencia se dictó en mayo de 2024, la pensión tendrá que actualizarse a finales de mayo de 2025, para que en junio de 2025 se abone la pensión actualizada.
  • Este proceso se repetirá en mayo de 2026, y así sucesivamente.

Actualización a primeros de enero

Si la sentencia indica que la actualización se realiza a 1 de enero, se aplicará el mismo procedimiento pero cambiando los meses.

Por ejemplo, la pensión se actualizará con efecto de 1 de enero de 2025, y así cada año.

Base de la actualización

La actualización se realiza conforme al Índice de Precios de Consumo (IPC), un indicador estadístico que refleja la evolución de los precios de los bienes y servicios que consume la población en España.

¿Qué sucede si el IPC es negativo?

Aunque la sentencia indique que la pensión se actualizará según el IPC, si el índice resulta desfavorable, el importe de la pensión no puede reducirse, ya que esto no está permitido legalmente.

¿Qué pasa si nunca se ha actualizado la pensión de alimentos?

Si el progenitor obligado a abonar la pensión no ha realizado las actualizaciones, se puede reclamar el importe correspondiente.

  • Solo se pueden reclamar las actualizaciones de los últimos cinco años, conforme al artículo 1966 del Código Civil: «Por el transcurso de cinco años prescriben las acciones para exigir el cumplimiento de las obligaciones siguientes: 1.ª La de pagar pensiones alimenticias. […]«.
  • La actualización de hace más de cinco años ya han prescrito y no pueden reclamarse.

¿Cómo reclamar las actualizaciones?

Vía extrajudicial

No es obligatoria, pero puede evitar un proceso judicial. Basta con enviar la reclamación de manera fehaciente (burofax, email, etc.), indicando la cantidad adeudada.

Vía judicial

Si la vía extrajudicial no resulta efectiva, será necesario acudir a los Juzgados para solicitar la ejecución de la sentencia.

Conclusión

La actualización de las pensiones de alimentos es un proceso importante y, en la mayoría de los casos, relativamente sencillo. No obstante, en ocasiones puede ser necesario reclamar las cantidades pendientes si las actualizaciones no se han aplicado correctamente.

Si tienes dudas o necesitas ayuda con la actualización de pensiones, contactar con un abogado especializado te proporcionará la orientación necesaria para asegurar que todo este en regla.

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Si quieres profundizar en el tema de la actualización de la pensión de alimentos y entenderlo de manera visual, te recomendamos ver nuestro video explicativo:

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